Como parte del estudio mismo, hemos publicado aqui diversos artículos siguiendo la linea del derecho constitucional que nos ocupa como muestra del estudio. El 5 de Febrero, se conmemora el día de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Si bien es cierto que nuestra ley suprema, ha estado más de noventa años reformada y aprobada por las esferas políticas del país, no debemos olvidar la esencia de lo que significa.Una Constitución, es la ley fundamental de la organización de un Estado y atañe tanto a las atribuciones y límites de la autoridad, como a los derechos del hombre, dentro de un territorio. Por ser Norma Suprema, se derivan de ella las leyes orgánicas, leyes ordinarias, códigos, estatutos orgánicos y reglamentos administrativos, en el entendido que ninguno de ellos puede ir en contra de lo emanado de la Carta Magna.
La Constitución es la primera norma positiva del sistema, porque establece los procesos y órganos de creación de las normas inferiores, así como sus contenidos: obligatorios, prohibidos o permitidos. La Constitución es así el parámetro de validez formal y material del sistema jurídico.
El término Constitución, en sentido jurídico, significa que las funciones del Estado están sujetas a las normas constitucionales que se configuran como fundamento y límite de validez de su ejercicio. La Constitución se identifica en el sistema jurídico principalmente por su relación con la normatividad, producto del ejercicio de las facultades legislativas delegadas en los órganos constituidos, es decir, como creación normativa.
En el artículo 133, establece la supremacía que deriva nuestra carta magna, al establecer que la Constitución, las leyes del Congreso de la Union que emanen de ella y todos los tratados que estén de acuerdo con la misma, celebrados y que se celebren por el presidente de la republica, con aprobación del senado, serán la ley suprema de toda la Unión. los jueces de cada estado se arreglaran a dicha constitución, leyes y tratados, a pesar de las disposiciones en contrario que pueda haber en las constituciones o leyes de los estados.
Entorno la posible interpretación errónea de la jerarquía de las leyes la Suprema Corte de la Nación ha señalado que la constitución es la norma fundamental que unifica y da validez a todas las demás leyes y tratados internacionales que constituyen un orden jurídico determinado, también dice que toda norma fundamental constituye un instrumento permanente de gobierno, cuyos preceptos aseguran la estabilidad y la certeza necesaria para la existencia del estado y del orden jurídico.
Es así, que el derecho constitucional es la rama del derecho que estudia las normas que conforman el sistema de gobierno, la organización y atribución de competencia de los órganos del propio gobierno, y que garantiza al individuo seguridad jurídica, equidad y libertad; los órganos de gobierno tienen que ser creados por la misma Constitución y las relaciones entre ellos, también son reguladas por ella.
La Constitución es la primera norma positiva del sistema, porque establece los procesos y órganos de creación de las normas inferiores, así como sus contenidos: obligatorios, prohibidos o permitidos. La Constitución es así el parámetro de validez formal y material del sistema jurídico.
El término Constitución, en sentido jurídico, significa que las funciones del Estado están sujetas a las normas constitucionales que se configuran como fundamento y límite de validez de su ejercicio. La Constitución se identifica en el sistema jurídico principalmente por su relación con la normatividad, producto del ejercicio de las facultades legislativas delegadas en los órganos constituidos, es decir, como creación normativa.
En el artículo 133, establece la supremacía que deriva nuestra carta magna, al establecer que la Constitución, las leyes del Congreso de la Union que emanen de ella y todos los tratados que estén de acuerdo con la misma, celebrados y que se celebren por el presidente de la republica, con aprobación del senado, serán la ley suprema de toda la Unión. los jueces de cada estado se arreglaran a dicha constitución, leyes y tratados, a pesar de las disposiciones en contrario que pueda haber en las constituciones o leyes de los estados.
Entorno la posible interpretación errónea de la jerarquía de las leyes la Suprema Corte de la Nación ha señalado que la constitución es la norma fundamental que unifica y da validez a todas las demás leyes y tratados internacionales que constituyen un orden jurídico determinado, también dice que toda norma fundamental constituye un instrumento permanente de gobierno, cuyos preceptos aseguran la estabilidad y la certeza necesaria para la existencia del estado y del orden jurídico.
Es así, que el derecho constitucional es la rama del derecho que estudia las normas que conforman el sistema de gobierno, la organización y atribución de competencia de los órganos del propio gobierno, y que garantiza al individuo seguridad jurídica, equidad y libertad; los órganos de gobierno tienen que ser creados por la misma Constitución y las relaciones entre ellos, también son reguladas por ella.
Comentarios